¿Qué es la Historia?

"La Historia cuenta lo que sucedió, la Poesía lo que debía suceder"

Aristóteles (384-322 a.C.)

sábado, 24 de marzo de 2018

La regulación de las cofradías y hermandades onubenses en el siglo XVIII

Para aproximarnos, siquiera someramente, a los orígenes de los reglamentos de las hermandades, cofradías, congregaciones y gremios religiosos que perduraron en las villas onubenses hasta el último tercio del siglo XVIII, resulta de gran interés analizar el expediente que fue remitido por Juan Gutiérrez de Piñares, primer teniente asistente del Reino de Sevilla, al conde de Aranda el 5 de octubre de 1771; y que establecía una completa relación de todas las instituciones religiosas existentes en el territorio onubense que, todavía en aquélla centuria, era indivisible desde el punto de vista jurisdiccional de una unidad territorial mayor.

Este documento fue la respuesta a la orden emitida por Pedro Pablo Abarca de Bolea, el conde de Aranda (1719-1798), en calidad de Presidente del Consejo de Castilla, quien deseaba obtener estas informaciones, procedentes de todo el reino, que serían empleadas para elaborar el Expediente General de Cofradías entre los años 1769 y 1784, manual destinado a reorganizar la funcionalidad de las cofradías y hermandades existentes en el reino hispánico. Igualmente, en el informe se daba a conocer la celebración de las fiestas religiosas, las rentas adquiridas por las cofradías, qué hermandades poseían consentimiento real para su creación o cuáles otras fueron establecidas por aprobación pontificia o laica.

Cabe aclarar aquí que las primeras cofradías datan del siglo XI, una vez se produjo la formación de gremios profesionales, cuyos miembros adquirieron una conciencia de unidad para defender sus propios intereses como colectivo, al tiempo que se colocan bajo la protección de una divinidad y cuya devoción se hace visible en un culto establecido en un santuario, ermita, iglesia o catedral.


 Retrato del Conde de Aranda, Presidente del Consejo de Castilla. Fuente: www.commons.wikimedia.org
 

Así, y atendiendo de forma general a las instituciones religiosas del territorio al que pertenecía en aquél momento la actual provincia de Huelva, unida desde el siglo XIII en una única jurisdicción junto a las de Sevilla, Cádiz y la depresión de Antequera en el llamado Reino de Sevilla, vemos que se comprendían un total de 426 hermandades, 374 cofradías, 50 congregaciones y unas 21 órdenes terceras. De ellas, correspondían a la actual ciudad de Huelva, y villa por aquél entonces, unas tres hermandades y siete cofradías, con rentas estimadas en 10.600 reales.

No obstante, se constató en el informe remitido a Aranda que muchas de las hermandades y cofradías establecidas carecían de la confirmación o autorización del rey, siendo constituidas la mayoría de ellas únicamente mediante autorización eclesiástica, tal y como relata la documentación original: “...Por la inspección general que ahora se ha hecho de estas hermandades, y cofradías resulta, que para su establecimiento no se han observado las disposiciones de las leyes del Reyno según las quales para que estos cuerpos tengan estabilidad se nezesita que interbenga la authoridad real y el aszenso de los ordinarios diozesanos”. Añadiendo también que “...se han exijido con sólo la aprobación del ordinario eclesiástico: Algunas con la Pontificia pero sin aver obtenido el regio exequatur; y el resto sin autoridad alguna”.

De ello se infiere que, por estar las hermandades y cofradías subordinadas a la jurisdicción ordinaria eclesiástica, debían acudir a estas instancias para la aprobación de sus constituciones, preguntar las dudas sobre la correcta práctica y observancia de las normas, efectuar el nombramiento de hermanos y, también, la administración y gestión de sus rentas pues han de: “...recivir el ser y authoridad de que carezen para que con prebio examen, y conocimiento de causa se les prescriban las reglas, gobierno y subordinación a que deben sujetarse poniéndose todas conforme a las leyes y desterrándose de una vez los abusos que por la omisión de este esencial requisito se han introducido en estos cuerpos”.


 Pintura anónima que representa una procesión religiosa en Sevilla durante el siglo XVIII. Fuente: www.abc.es
 

De tal forma, y a fin de proseguir con la legalidad, Gutiérrez de Piñares recomienda cesar toda cofradía, hermandad o congregación que no fuese establecida conforme a las leyes del reino y presentase los documentos necesarios que lo acreditasen; por lo que recomienda, asimismo, suprimir aquéllas hermandades que detenten imágenes religiosas que “... regularmente ocasionan perjuicio y escándalo que produce la piedad mal entendida, la emulación y el fanatismo, por cuios fundamentos la sabia ilustración del Consejo acava de prohivir la prozesión que el día 8 de septiembre de cada año se zelebrava a la imágen de Consolación sita en el convento de Mínimos extramuros de la villa de Utrera, mandando recoger las constituciones de las Hermandades electas con este motivo”.

Este no sería, sin embargo, un caso aislado de supresión de una cofradía, pues el Consejo de Castilla interpretaba las procesiones, organizadas por las 30.000 cofradías que se estima existían en todo el reino hispánico, como escenarios de posibles desórdenes y tumultos; de ahí el constante celo y rigurosidad con el que las autoridades civiles trataban a estas congregaciones, también por detentar altas rentas y un numeroso patrimonio. Asimismo, y para homogeneizar el culto, se determinó que los desfiles de nazarenos habrían de portar distintivos propios y una indumentaria diferenciada de otras hermandades.

El informe hace constar, no obstante, que se mantengan las hermandades y congregaciones cuyos individuos se empleen en la asistencia de hospitales, cárceles y en el recogimiento de los pobres y, en especial, las que poseen una advocación al Santísimo Sacramento y Ánimas Benditas “...por lo que en el día contribuyen a mantener el culto divino y la dezencia de los templos que sirven éstos, decaería mucho por la gran pobreza a que se han reduzido quasi todas las fábricas de dichas Parrochias cuyas rentas son tan diminutas que por sí solas y sin que mediaren la piedad de los fieles que promueven dichas hermandades no alcanzan a los gastos indispensables que les ocurren”.


 Grabado del orden procesional de una cofradía con sus miembros nazarenos. Fuente: www.laopinioncofrade.com 
 

Además, y en referencia a las hermandades que deben extinguirse por no seguir los preceptos establecidos, dictamina el primer teniente asistente del reino de Sevilla que sus rentas “...deven tener un destino piadoso; y ninguno puede ser más recomendable que el del Hospicio adonde se han de recoger los pobres de esta provincia que tienen derecho de participar de este socorro”.

Resulta lógico suponer, finalmente y a modo de ejemplo, que todos estos preceptos y recomendaciones establecidos a finales del siglo XVIII para las cofradías y hermandades religiosas serían recogidas fielmente por la Congregación de los Dolores de Ntra. Señora, de gran devoción en Huelva desde el siglo XVII, y que sería la primera cofradía en establecerse tras la emisión de estos preceptos en el 1771. De este modo, los padres mercedarios solicitaron licencia para su constitución, algo que acontecería el 15 de diciembre de tal año en Roma y, un año más tarde, serán ratificadas sus Reglas por el Arzobispo de Sevilla, convirtiéndose en una cofradía poseedora de diversas gracias, indultos y privilegios, así como el pleno derecho a procesionar durante los días de Semana Santa.

lunes, 19 de marzo de 2018

La fundación del Convento de Mínimos en la villa de Almonte

En la segunda mitad del siglo XVI tuvo lugar el establecimiento de una serie de fundaciones religiosas en la villa de Almonte por virtud de Pedro de Gauna, canónigo de la catedral de Sevilla, quien residió, a su vez, por veinte años en el convento de la localidad que él mismo fundó y que se hallaba administrado por la Orden de los Mínimos.

Esta orden monástica fue fundada por fray Francisco de Paula en 1435, tras haber convivido en el convento de San Marco Argentano de Cosenza y aglutinar a diversos ermitaños que reuniría en el oratorio de San Francisco de Asís, en la ciudad italiana de Paula. Desde allí, fundarían diversos conventos en Calabria y Sicilia, teniendo sus miembros una extraordinaria sobriedad, y obteniendo su regla en el 1493 por obra del Papa Alejandro VI y la bula Meritis religiosae vitae. Dicha orden fue introducida en la península a través de Francia, y sus miembros fueron llamados “Frailes de la Victoria”, denominación obtenida tras relacionarse a la orden con la victoria de la Fe cristiana sobre la islámica.

En efecto, uno de los religiosos enviados por Paula a la península a fin de lograr diversas fundaciones en su territorio, fray Bernardo Buyl, siendo conocedor de las enormes dificultades presentadas durante el asedio militar de Málaga, y tras un sueño revelador, aconsejó al rey Fernando continuar con el cerco a la ciudad, algo que finalmente hizo, siendo conquistada a los musulmanes en muy pocos días, el 13 de agosto del año 1487. Este hecho motivó una gran sensibilidad de la monarquía por la Orden y el permiso para el establecimiento de fundaciones religiosas por todo el territorio hispánico desde entonces.


 Grabado de la obra "Regla, correctorio y ceremonias de los frayles de la Orden de los Mínimos" del año 1600. Fuente: www.us.es

De otro lado, sería el 26 de mayo del año 1574 cuando Gauna firmó la escritura de fundación del Convento de Mínimos, siendo ésta la fundación religiosa más destacada de la villa almonteña en aquél tiempo, estableciéndose en su propia vivienda y albergando demás casas anexas; y que, según sus palabras, así lo determinó porque “...de ello resultaría gran provecho espiritual para los vecinos de la villa y de los pueblos comarcanos”, siendo ello “...una de las principales causas que me an mobido á procurar que en esta dha. billa y casas de mi morada se funde é instituya el dho. Conbento é monasterio de la dha. Orden de los Mínimos del Señor san Francisco de Paula”.

El convento quedaría fundado bajo la advocación, en un primer momento, de Jesús María, aunque al poco quedaría bajo la protección de Nuestra Señora de la Victoria, muy venerada por la Orden de los Mínimos. Quedó estipulado que este edificio habría de tener, al menos, seis religiosos “quatro de ellos de misa y uno destos quatro sea predicador y de los tres, dos confesores”, quienes tendrían la obligación de celebrar tres fiestas solemnes anuales a cambio de percibir una renta de doscientos ducados anuales que debían reservarse para las futuras obras que necesitase el edificio, y así pudiera quedar el monasterio “perfeccionado con su iglesia, capilla, claustro, capítulo, celdas, ornamentos y demás cosas necesarias al servicio de Dios Ntro Sor”.

Gauna residiría en el propio edificio establecido como convento, en habitaciones separadas que, a su muerte, serían anexadas a las instalaciones del edificio. Igualmente, dispuso que fuera enterrado en la capilla mayor de la iglesia, al tiempo que, desde su fallecimiento, el patronato del Convento de Mínimos correspondiera al duque de Medina Sidonia, Alonso Pérez de Guzmán; pero, sabedor, de las muchas necesidades y atenciones cotidianas de la orden, nombró también patronos al Concejo, Justicia y Regimiento de la villa de Almonte.


 El beatificado fraile mínimo francés Francisco de Sales. Fuente: www.minimosenfamilia.blogspot.com

En el acto de escritura de la fundación del convento, y fiel a sus piadosas convicciones, Gauna advirtió de que los religiosos habrían de poblarlo en los: “...quatro meses primeros siguientes quedando en caso contrario esta dha. escritura de donación rresolula, deshecha, de ningún balor ni efeto, bien así como si yo no la oviera fecho, ni otorgado.

De igual forma, y acaecida la muerte de su fundador el 6 de marzo de 1594, los religiosos que habitaban el convento adquirieron diversas responsabilidades; destacando, entre otras muchas, el socorro básico del mantenimiento del culto de la ermita de Nuestra Señora del Rocío, o de las Rocinas, al menos para la celebración de las misas los domingos y días festivos, pues carecía de rentas fijas propias y de limosnas cuantiosas que mantuviesen el templo religioso, algo que hicieron, no sin reticencias y disputas motivadas por otras autoridades eclesiásticas, hasta el 23 de noviembre del año 1670, cuando se nombró capellán de la ermita a Francisco Albertos de Reina, cura de Valencina.

Asimismo, los mínimos tuvieron otras obligaciones entrado el siglo XVII, como fue la atención de los enfermos de peste y la administración de los Sacramentos a quienes se encontraban agonizantes. También en este siglo se denota una incipiente era de prosperidad para la Orden, pues en base a sus emolumentos y rentas obtenidas deciden construir una iglesia de nueva planta más adecuada para el culto.


 Iglesia de Nª Sra. de la Asunción en Almonte. Fuente: www.diphuelva.es

De este modo continuó el quehacer diario de los religiosos de la Orden también durante el siglo XVIII, ayudando a los lugareños, otorgando parte de sus rentas para los menesterosos, asistiendo a enfermos y efectuando las preceptivas misas en su convento. En efecto, a finales de este siglo, el convento gozaba de su mayor apogeo, pues ya en 1775 el número de clérigos residentes ascendió a catorce, con unas rentas de 9.396 reales, sin contar las limosnas que, según las cuentas, ascendieron a 4.000 reales contabilizadas en períodos quinquenales.

No obstante, y sin disponer de fuentes documentales que analicen qué pudo acontecer en los años finales del siglo XVIII, y entrado ya el año 1804, nos informan las crónicas de un estado ruinoso de las instalaciones del convento y la partida de varios miembros de la congregación, así como la determinación de vender diversas propiedades que le pertenecían. A ello se le sumarían las penurias padecidas por muchas de las congregaciones religiosas de la nación durante el Trienio Liberal, quedando prácticamente abandonado el convento de mínimos de Almonte, siendo sus instalaciones ocupadas por los vecinos pobres del municipio, para ser finalmente disuelto, más de una década después, mediante las leyes desamortizadoras de Mendizábal en el año 1835.


 
BIBLIOGRAFÍA:


-CRUZ DE FUENTES, L. Documentos de las fundaciones religiosas y benéficas de la villa de Almonte y apuntes para su historia. Impr. Gálvez, Huelva, 1908.

viernes, 16 de marzo de 2018

La bomba de Ctesibio romana hallada en las minas de Calañas

La presencia romana en las minas de Calañas fue destacable desde época republicana, explotadas a buen seguro por sociedades particulares, siendo ello aceptado por el hallazgo de diversos artilugios de desagüe y por monedas datadas en ese período. Sin embargo, la actividad minera resurgió con mayor fuerza en época imperial, estableciéndose diversos pozos verticales y galerías de prospección en las laderas de los montes a lo largo de todo el territorio que ocupaban las explotaciones.

Ello lo refuerza el hecho que en el año 1889 tuviera lugar el hallazgo de una bomba de Ctesibio de bronce en las explotaciones mineras de Sotiel-Coronada, pertenecientes a la villa onubense de Calañas. Se trataba de una bomba hidráulica datada en época romana (ss. I-II), aunque el origen de este ingenio se retrotrae al siglo III a.C., pues fue inventado por el griego Ctesibio de Alejandría, y siendo ya este artilugio empleado en los tiempos antiguos como uno de los mecanismos más usuales para desaguar las labores mineras.

En efecto, en el siglo III a.C. surgió en dicha ciudad egipcia una escuela de científicos que crearon diversas máquinas del todo sofisticadas como la eolípila (se trataba de un caldero metálico lleno de agua, sobre el que se situaba una esfera hueca, al tiempo que un fuego lo  calentaba, y por medio del aire caliente que transitaba por dos tubos a la esfera, la hacía rotar al contactar con dos válvulas abiertas), el tornillo de Arquímedes, el reloj de agua e incluso algunos autómatas; destinadas, en principio, a un uso meramente recreativo. Sin embargo, la cultura romana, heredera de la griega, supo adaptar estos ingenios a usos mucho más funcionales y específicos, encontrándose los mineros entre ellos. 


 Demostración del funcionamiento de la eolípila por Herón. Fuente: www.nationalgeographic.com 
 

La descripción más exacta de este ingenioso mecanismo de desagüe empleado en época romana en las explotaciones mineras de Calañas nos la transmite el eminente arquitecto y tratadista Marco Vitrubio Polion (s. I a.C.), quien en su obra De architectura se refiere así a este ingenio:

...Es una máquina de bronce que en su parte inferior posee dos cubetas iguales, un poco separadas entre si, que tienen unos canales en forma de horquilla unidos del mismo modo y que van a dar a una misma vasija, colocada en medio. En la vasija hay unas válvulas, ajustadas con toda precisión, en las aberturas superiores de los canales. Cuando las válvulas cierran las aberturas de los conductos, impiden que salga lo que la fuerza del aire ha hecho penetrar dentro de la vasija. En la parte superior de la vasija se encaja una tapadera en forma de embudo invertido, bien ajustada mediante hebillas y clavijas, para que no la levante la fuerza del agua que va penetrando. En la parte superior se levanta en vertical un tubo, ajustado con toda exactitud, llamado «trompa». Las cubetas llevan debajo de las bocas inferiores de los tubos unas válvulas colocadas en su parte central, sobre los orificios de sus bases.

Desde la parte superior se introducen en las cubetas unos émbolos, terminados con el torno y lubrificados con aceite, que se ponen en movimiento mediante unas barras y palancas. Cuando las válvulas cierran los orificios los émbolos comprimen el aire que haya dentro junto con el agua. Debido a la inflación y a la presión hacen salir el agua a través de los orificios de los tubos hacia la vasija; el agua queda retenida por la tapadera y por la presión del aire se eleva a través del tubo; si colocamos un depósito de agua desde un lugar inferior se suministrará suficiente caudal para saltar en las fuentes, como surtidores...”

No obstante, el uso específico de este milenario mecanismo ha sido puesto en duda por diversos investigadores, quienes no otorgan una plena credibilidad al hecho de tratarse de un ingenio para aliviar el agua que inundaba los trabajos mineros, sino que han optado por considerarlo un fuelle, un método para renovar el aire en las galerías, una bomba que fuera usada para contrarrestar los posibles incendios, como medio para destruir rocas aplicándole agua una vez fueron previamente calentadas a gran temperatura o, incluso, que funcionase como un sistema mixto de bombeo de agua o aire según se requiriese. 


 Bomba de Ctesibio encontrada en las explotaciones mineras de Calañas. Fuente: www.mcu.es
 

Las dimensiones de la bomba de Ctesibio hallada en las minas de Calañas posee una altura de 93 cm, una anchura de 43 cm y el pistón tiene una longitud total de 13 cm. Funcionaba accionándose manualmente una palanca elaborada en madera ejerciendo un movimiento de vaivén a fin de que el agua ascendiera alternativamente desde la cámara de válvulas por los pistones. Ello hacía que se tratase de un artilugio de gran precisión para la labor que tenía encomendada, referida a hacer ascender únicamente el agua sin impurezas a una gran altura, pues su fiabilidad era mucho menor en comparación con el tornillo hidráulico o tornillo de Arquímedes si en el mecanismo se introducía grava, lodo o piedras, pues estos materiales podían obstruir los pistones y disminuir notablemente su eficacia.

Cabe decir aquí que no se trata, sin embargo, de un hallazgo único, pues este tipo de ingenios auxiliares de las labores mineras fueron utilizados en varias localizaciones mineras de la península Ibérica, pues también se encontraron otras bombas similares en Murcia, de plomo, y Almodóvar; aunque asimismo se han hallado ejemplares o restos de piezas similares en Irún o, ya fuera de nuestras fronteras, en países como Italia y Francia.

Esta pieza se conserva actualmente en el Museo Arqueológico Nacional de Madrid en un excelente estado de conservación, donde es posible admirarlo como uno de los más destacados ejemplares de la máquinaria extractiva del agua en las labores mineras que, junto con las norias halladas en Minas de Riotinto, suponen el exponente máximo de la ingeniería romana aplicada a la actividad minera en nuestra provincia.